Análisis
La Corte Constitucional de Colombia ha suspendido provisionalmente el impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro, el cual fue decretado por el Gobierno Petro en febrero de 2026. La decisión, tomada con seis votos a favor y tres en contra, se mantendrá mientras el tribunal estudia el caso a fondo. Este impuesto, que entró en vigor el 1 de abril de 2026, afectaba a entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y a aquellas en liquidación. La suspensión ocurre un día después de que el Consejo de Estado ordenara la suspensión provisional de una parte del Decreto 415 de 2026, relacionado con el traslado de recursos de fondos privados de pensiones a Colpensiones.
Hechos verificados
- 1La Corte Constitucional suspendió provisionalmente el impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro en Colombia.
- 2El impuesto fue decretado por el Gobierno Petro mediante el Decreto 173 del 24 de febrero de 2026.
- 3La decisión de la Corte fue de seis votos a favor y tres en contra.
- 4El impuesto entró en vigor el 1 de abril de 2026 y cobija a entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y en liquidación.
- 5El próximo pago estaba previsto para el 4 de mayo de 2026.
- 6La Corte Constitucional tomará una decisión de fondo sobre el caso.
